El presidente Luis Abinader emitió la tarde de este martes el decreto 401-21, mediante el cual extiende hasta el miércoles 7 de julio del año en curso, inclusive, todas las medidas dispuestas en el decreto 349-21, y sus modificaciones, que a la fecha estaban vigentes.
Toque de queda
El toque de queda en las demarcaciones más restringidas se mantiene todos los días desde las 6:00 p.m. hasta las 5:00 a.m., con una gracia de libre circulación hasta las 9:00 p.m., con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias. Este horario aplica al Distrito Nacional y las provincias Azua, Bahoruco, Barahona, Dajabón, Elías Piña, El Seibo, Hato Mayor y Hermanas Mirabal, Independencia, La Romana, María Trinidad Sánchez, Monseñor Nouel, Monte Cristi, Monte Plata, Pedernales, Peravia, San Cristóbal, San José de Ocoa, San Juan, San Pedro de Macorís, Sánchez Ramírez, Santiago Rodríguez, Santo Domingo y Valverde.
En las siete provincias restantes, es decir, Duarte, Espaillat, La Altagracia, La Vega, Samaná, Santiago y Puerto Plata, el toque de queda se mantiene de lunes a viernes desde las 10:00 p.m. hasta las 5:00 a.m., y los sábados y domingos desde las 9:00 p.m. hasta las 5:00 a.m., con una gracia de libre circulación hasta las 12 de la medianoche todos los días, con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias.
Venta de bebida alcohólicas
Del mismo modo, se mantiene la prohibición de consumir bebidas alcohólicas a partir de las 3:00 p.m. en establecimientos públicos y privados de uso público, así como la venta de estos productos si es para ser consumidos en dichos lugares.
En cambio, se pueden vender bebidas alcohólicas hasta el horario normal del toque de queda, dependiendo de la demarcación de que se trate, siempre que se venda para llevar (take-out) o a domicilio (delivery) en su envase original sellado.
Funcionamiento de mercados binacionales
En este sentido, se mantienen abiertos los mercados binacionales, cuyo funcionamiento será regulado por las autoridades competentes.